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Los tractores no tendrán que llevar ABSImprimir
9 de Julio de 2018
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Los tractores no tendrán que llevar ABS

Solo los tractores homologados para superar los 60 km/h tendrán la obligatoriedad de incorporar el ABS, según la Comisión Europea, que rectifica la anterior aprobación del Reglamento 167/2013 que extendía la obligatoriedad a los que tiene límite 40-60 km/h.

La Unión Europea cumple así con las demandas de los fabricantes europeos de tractores (CEMA) que aseguraba que la velocidad media de los tractores es baja, que no existe una auténtica economía de escala que permita bajar el precio de la incorporación del ABS, y que la tecnología no está madura para este tipo de vehículos.

Los “excesos de velocidad” no están entre las principales causas de siniestralidad de los vehículos agrícolas, a pesar de lo cual, la UE sigue buscando soluciones adecuadas para reducir su siniestralidad a la mitad antes de 2035.

De este modo queda eliminando el Reglamento de frenado 2015/18 de la Comisión Europea para las máquinas agrícolas. Esto deja los límites de velocidad para este tipo de vehículos en España con las siguientes modalidades:

  1. Si carecen de señalización de frenado, llevan remolque o son motocultores: 25 km/h.
  2. Resto de vehículos especiales: 40 km/h, salvo cuando puedan desarrollar una velocidad superior a los 60 km/h en llano con arreglo a sus características, y cumplan las condiciones que se señalan en las normas reguladoras de los vehículos; en tal caso, la velocidad máxima será de 70 km/h.

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