Asociación Mutua Motera

      
 
 
3.263 conductores han sido denunciados por usar el móvil mientras conducían
  14 de Junio de 2013
  3.263 conductores han sido denunciados por usar el móvil mientras conducían
  • Durante una semana se han controlado más de 357.000 vehículos.
  • En lo que llevamos de año la distracción ha sido causa de 136 accidentes mortales en vías interurbanas, en los que han fallecido 156 personas.

El uso de cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, distintos del teléfono móvil, también ha sido motivo de denuncia para algunos conductores, puesto que el uso de los mismos mientras se conduce está prohibido. En concreto, 241 conductores fueron denunciados por este precepto. 

La utilización o manipulación de navegadores, pantallas de acceso a internet, reproductores de video o DVD durante la conducción fue motivo de denuncia para 40 conductores. 

Además de estas acciones concretas que suponen una desatención en la conducción, los agentes formularon 768 denuncias por otras infracciones que provocaban distracción en la conducción, tal y como muestran los videos que se adjuntan con la nota de prensa (oficina móvil, fumar, animales sueltos dentro del vehículo…) 

Un animal suelto en el vehículo puede aumentar del riesgo de sufrir un accidente y la gravedad de sus consecuencias ya que provoca la distracción del conductor, interfiere en la conducción al subirse encima del conductor o al afectar a los sistemas mecánicos (pedales, cambio de marchas, etc.), supone además,  un riesgo para el resto de usuarios de la vía y puede provocar daños al resto de ocupantes en caso de frenazo o impacto. 

Hasta el 11 de junio se han producido en vías interurbanas 393 accidentes mortales, de los cuales, la falta de atención ha estado presente en 136 causando 156 fallecidos (36% del total). 

¿QUÉ DICE LA LEY? 

La ley de seguridad vial considera infracción grave conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación, así como, conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la obligatoria atención permanente a la conducción. 

Estas infracciones se sancionan con multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos. 

Llevar a un animal suelto supone, en principio y de modo general, una infracción leve, según se recoge en el artículo 18.1 del Reglamento de Circulación y el artículo 11.2 de la Ley de Seguridad vial, en la que el conductor es sancionado con una multa de 80 euros. Pero esta infracción también puede considerarse grave en función de la peligrosidad de cada caso concreto.

DGT