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La nueva ley de tráfico y los atropellos cinegéticos
  8 de Octubre de 2013
  La nueva ley de tráfico y los atropellos cinegéticos

Todos los años se producen miles de siniestros en España ocasionados directamente por la irrupción de animales de caza en las carreteras. 

Evidentemente esto supone un problema importante para los conductores, para los propietarios y titulares del aprovechamiento de los cotos y para las aseguradoras, especialmente si tenemos en cuenta que hasta ahora la legislación era un tanto ambigua, los trámites probatorios harto complicados y como consecuencia de ello se sentaron jurisprudencias contradictorias, que complican aún más la determinación del veredicto y las responsabilidades.

La próxima reforma de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial de 2014, presentada por el Consejo de Ministros y a la espera de ser refrendada por el Congreso, contempla algunas novedades que pretenden aclarar la resolución de estos siniestros. Pero lo cierto es que parece que seguirán trayendo de cabeza a implicados y aseguradoras y para más inri aumentarán los supuestos en los que la responsabilidad recaerá en el conductor. En definitiva, que ahora más que nunca habrá que extremar la precaución cada vez que veamos una señal que advierta la presencia de animales silvestres y en zonas de cotos de caza, que por cierto abundan en las carreteras convencionales de nuestro país.

EL CONDUCTOR SERÁ RESPONSABLE HASTA QUE SE DEMUESTRE LO CONTRARIO

En los últimos años (con la reforma de 2005 y ahora con la propuesta para 2014) se ha tratado de resolver la injusticia e indefensión de muchos cotos de caza ante estos siniestros generando otra injusticia añadida para los conductores, que además de sufrir las consecuencias de un accidente que puede ser realmente grave también tendrán que acarrear con responsabilidades en un hecho sobre el cual no tengan culpabilidad alguna.

Con carácter general, el conductor será el responsable del atropello, independientemente de que este circule cumpliendo religiosamente con la ley. Para eludir su responsabilidad y que esta recaiga en el propietario del terreno, tendrá que demostrar que el accidente ha sido consecuencia directa de una acción de caza. Y para que recaiga en los titulares de la vía, habrá que demostrar la causalidad del accidente por falta de reparación del vallado o la señalización, muchas veces inexistente. Incluso en estos supuestos, el conductor será responsable del accidente si conducía incumpliendo la normativa vigente, ya sea exceso de velocidad, presencia de alcohol o incluso no llevar los papeles en regla.

En resumen, que los mayores quebraderos ya no serán para los cotos de caza sino para los conductores y sus aseguradoras. Así que como ya decíamos al comienzo, a los conductores solo nos queda ampararnos en la prudencia y en no tener la mala suerte de encontrarnos con un jabalí, un corzo o cualquier otro animal silvestre. Primero, porque si se trata de una pieza de caza mayor el accidente puede ser realmente grave. Y segundo, porque con esta ley en la mano lo más probable es que la responsabilidad recaiga definitivamente sobre nosotros.

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