Asociación Mutua Motera

      
Usted se encuentra en: Voluntariado
 
 
Se aprueba la reforma de las ITV
  23 de Octubre de 2017
  Se aprueba la reforma de las ITV

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que permite a los usuarios que no consigan pasar los controles de la ITV a la primera, elegir libremente otra estación diferente dentro del plazo de un mes. Las estaciones de ITV estarán más reguladas para asegurar su labor positiva sobre la seguridad vial y las emisiones contaminantes de los vehículos.

El nuevo Real Decreto obliga a las estaciones a contar con las herramientas de diagnóstico más modernas para el efectivo control de emisiones. Pero el Decreto va mucho más allá y regula de una forma más precisa los requisitos que debe cumplir todas las estaciones de verificaciones industriales de vehículos, en lo relativo a personal, formación, instalaciones, equipos y procedimientos de inspección, destinados a garantizar la calidad del servicio.

A la mayor calidad se une una mayor trasparencia que irá de la mano del intercambio de información electrónica entre estaciones y Administración Pública, con el fin de mejorar las supervisiones.

Las ITV deberán estar al día con las últimas tecnológicas de diagnóstico, por lo que a partir de ahora deberán contar con herramientas de diagnóstico de emisiones capaces de conectarse con el ordenador de a bordo de los vehículos. También conocido en Europa como On Board Diagnostic meidnate estandar EOBD. Un paso que pretende mejorar el control de emisiones, evitando fraudes, y que en el futuro podría evolucionar hacia la inspección de los sistemas de seguridad de los vehículos, en especial de los sistemas electrónicos.

Con la nueva normativa las ITV deberán estar acreditadas bajo la norma internacional (UNE EN/ISO 17020), que actualizan los requisitos de calificación del personal e incorpora la formación a distancia. Los inspectores deberán tener una cualificación mínima que la determina el título de Técnico Superior de Automoción.

Los certificados ITV emitidos en España serán de validez en el resto de estados de la UE, por medio de la Directiva europea 2014/45/UE del 3 de abril de 2014, y de la 2014/46/UE de la misma fecha.

Fuente