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Sentencia condenatoria a Suzuki Motor España por vender motos defectuosasImprimir
11 de Diciembre de 2012
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Sentencia condenatoria a Suzuki Motor España por vender motos defectuosas

Nos ha llegado el correo de un motorista indignado, que desea permanecer en el anonimato, y que tras años de litigio consiguió que Suzuki Motor España le devolviera el importa de compra de su vehículo. El motorista demandante compró un scooter Suzuki Burgman AN-400 Z (2007) para hacer un uso particular del mismo. Con sorpresa descubrió que el embrague del vehículo tenía una vida exigua. 

Las primeras reparaciones fueron con la moto aún en garantía pero cuando se acabó la misma decidió demandar a la compañía al contar con un informe pericial en el que se constataba que el defecto de fabricación lo tenía toda la serie y que el fabricante se negó en todo momento a reconocer dichos fallos y dar cobertura al problema.

Se trataba básicamente de un error de diseño, ya que el embrague está mal dimensionado y se quema prematuramente por la excesiva carga que tiene que soportar.

De este modo demandó a Suzuki Motor España y Gestión Moto Mercado, pidiendo la acción resolutoria de contrato de compraventa de la motocicleta Suzuki Burgman AN-400 Z (2007) basándose en que el vehículo no cumplía las condiciones exigidas para la conducción segura, existiendo un defecto de diseño, proyecto o fabricación que no ha podido ser subsanado. 

Por ello reclamó la cantidad de 7.169,83 euros que comprende tanto el importe de adquisición del vehículo como los daños y perjuicios consistentes en los costes asumidos desde la adquisición del mismo; y todo ello al amparo de la normativa relativa a la nulidad y anulabilidad a las acciones edilicias, las de responsabilidad por dolo del vendedor, y la de resoluciones por incumplimiento y de vehículos ruinógenos.

Suzuki Motor España, S.A.U se ha allanado a la demanda, mientras que Gestión Moto Mercado se ha opuesto a la misma alegando falta de legitimación pasiva y que la garantía del vehículo es directa de Suzuki con el cliente.

Fallo del tribunal:

1.- Debo declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa del vehículo Moto, marca Suzuki modelo Burgman AN-400 Z 2007.
2.- Debo condenar y condeno a dichos demandados a que abonen solidariamente al actor la cantidad de 7.169,83 € más intereses legales desde la interposición de la demanda.
3.- Debo condenar y condeno a dichos demandados al pago de costas causadas.

Así por esta sentencia de la que se expondrá testimonio para su unión a autos lo que pronuncio, mando y firmo.

El correo de nuestro motero indignado concluye así:

"Espero que todas las molestias que me ha provocado esto le sirva a los demás usuarios y si puedo ayudar a alguien por mi parte los documentos están a su disposición, ya que la sentencia es pública. No he encontrado la forma de hacerlo público excepto en determinados foros para que todos los posibles afectados reclamen su derecho sobre el fabricante, por lo que confío en que ustedes puedan aportar su experiencia para ello."

Desde la AMM esperamos y deseamos que todo haya concluido satisfactoriamente y que finalmente se hayan resuelto sus derechos. Agradecemos, por otra parte, la confianza depositada en nosotros y esperamos que esta información sirva para la rápida resolución de futuros casos. 


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