El Ministerio de Justicia ha mostrado a las víctimas su predisposición a estudiar y a tener en cuenta sus propuestas.
Actualmente, el 80 por ciento de accidentes con víctimas son juzgados como faltas, según ha explicado a Europa Press la directora de la Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico (PAT), Eugenia Domenech.
En el Código Penal vigente se considera faltas tanto las imprudencia leves con resultados graves como las imprudencia graves, tales como saltarse un semáforo en rojo, con resultados leves. "Se trata de la mayoría de accidentes con víctimas, porque afortunadamente lesiones graves o muertos cada vez hay menos", ha indicado Domenech.
Con la reforma propuesta por el Ejecutivo, las imprudencias graves que provoquen lesiones permanentes o el fallecimiento de las víctimas seguirían yendo por la vía penal, ya que se consideran delitos. Sin embargo, imprudencias como saltarse un stop o un semáforo en rojo y golpear a otro vehículo provocándole al conductor una baja de 30 días por una lesión podrían quedar fuera de la vía penal, según ha explicado Domenech.
También podrían quedar fuera aquellas imprudencias que a pesar de ser leves han causado consecuencias graves, con lesiones permanentes o incluso la muerte de la víctima.
Así las cosas, de aprobarse la reforma tal y como la ha planteado el Gobierno, serían los jueces los que decidirían a "discreción" si una imprudencia como saltarse un semáforo en rojo y provocar a otra persona una lesión leve, que ahora se interpreta como falta, es lo suficiente grave como para considerarlo un delito y, por tanto, tiene que ir por la vía penal o, sin embargo, la víctima tiene que acudir a la vía civil para reclamar su indemnización.
"Es un poco lo que ocurría antes con las alcoholemias", ha explicado Domenech. Antes de que se reformase el Código Penal para introducir una tasa a partir de la cual se considera un delito conducir bajo los efectos del alcohol, dependía de cada juzgado decidir si las consecuencias provocadas en el accidente eran lo suficientemente graves como para considerarlo delito.
Tras mucho años de protesta por parte de las víctimas, sin embargo, esta situación se logró cambiar en 2007 y se introdujo en el Código Penal una tasa objetiva de alcohol (0,60 miligramos por litro en aire expirado) para evitar esa discrecionalidad de los juzgados, en la que, según las víctimas, se podría caer ahora en el caso de las imprudencias si se aprueba la reforma del Código Penal y se eliminan las faltas para accidentes de tráfico.
Además, las víctimas señalan que si, al eliminar las faltas, hay que acudir a la vía civil para reclamar una indemnización por accidente, los costes para las familias van a ser mayores, ya que esta vía se ha encarecido desde la aplicación de las nuevas tasas judiciales, además de que tiene "una mayor carga burocrática y mayor lentitud y coste económico", según señalan las asociaciones en un comunicado conjunto firmado por Aesleme, PAT, Aspaym, Fedace, Stop Accidentes, Dia y Predif.
CRITICAN LA "DESPENALIZACIÓN" DE LAS IMPRUDENCIAS
Por todo ello, las víctimas consideran que la propuesta del Gobierno supone la "despenalización" de determinadas imprudencias en la conducción y han defendido la necesidad de mantener tipificadas en el Código Penal las conductas imprudentes al volante que ocasionen daños a las personas y que se considere siempre una imprudencia grave el hecho de cometer una infracción administrativa grave o muy grave, tipificada en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial cuando haya ocasionado víctimas.
A su juicio, que el Código Penal incluya las imprudencias en la conducción tiene una "justificación evidente" por las graves consecuencias individuales, familiares y sociales que provocan los siniestros de tráfico, pero también porque su tipificación supone "una herramienta más en la política de prevención que se está llevando a cabo en nuestro país, para conseguir reducir las víctimas de tráfico".
"Consideramos esta posibilidad inaceptable y proponemos, que en aquellos supuestos en que se produzcan lesiones con secuelas permanentes o el fallecimiento de una persona por una conducta imprudente al volante, de la intensidad que sea, de lugar siempre a una responsabilidad penal y quede tipificado en los artículos 142 y 152 del Código Penal", señalan las asociaciones.
Las asociaciones también han propuesto a Justicia que las víctimas menores de 16 años y mayores de 70 o con discapacidad puedan obtener el total importe de la reparación o indemnización que les corresponda, así como el comiso del vehículo para la investigación de los hechos hasta que hayan finalizado la investigación y la reconstrucción del accidente y la instrucción del procedimiento, para evitar la destrucción de pruebas y garantizar el ejercicio de los derechos de las partes.
MÁS MEDIDAS CONTRA LA REINCIDENCIA
Asimismo, las víctimas han trasladado al ministerio que deberían también contemplarse nuevas medidas para los supuestos de reincidencia y multireincidencia, ya que, a su juicio, la experiencia demuestra una "falta de eficacia en la regulación actual y podrían adoptarse medidas como la obligatoriedad del uso del alcolock, la caja negra o control inteligente de velocidad o someterse a programas de desintoxicación, según cada supuesto".
Algunos temas como la ampliación de los plazos para realizar actuaciones procesales o recurrir o la desaparición del Auto de sobreseimiento libre cuando existan perjudicados también se han planteado al ministerio para su consideración.
Por otro lado, las víctimas han aprovechado la ocasión para reiterar su petición de exención de las tasas judiciales para la reclamación por parte de las víctimas y familiares de indemnizaciones por daños personales ocasionados en siniestros de tráfico.
Por su parte, los representantes del Ministerio de Justicia han mostrado a las víctimas su predisposición a estudiar y a tener en cuenta sus propuestas.