Desde el pasado sábado los motoristas españoles con el permiso A2 ya son legales en el resto de los países miembros de la Unión Europea. La Directiva Europea 2011/94 de 28 de noviembre de 2011 iguala los permisos de conducir desde el 19 de enero de 2013 en todos los países miembros, aunque algunos países como España ya se adelantaron en la implantación del nuevo marco de permisos de conducir, que entraron en vigor en diciembre de 2009, incluido el AM de ciclomotor.
Desde ese momento, se produjo un escandaloso agravio ya que los motoristas que obtenían el nuevo carnet A2 no podían circular por el resto de países del entorno ya que todavía no habían adaptado su marco normativo y, por ende, no reconocían el A2 como un permiso de conducir válido en su territorio. Esta situación, a la que ninguno de los gobiernos españoles ha puesto solución, ha terminado por fin este pasado sábado.
Hay que recordar que el permiso A2 autoriza al motorista a llevar motocicletas de hasta 35 kW (48 cv) o motos limitadas a esa potencia cuya potencia original declarada no supere los 70 kW (96 cv). Además, la relación potencia/peso no debe ser mayor a 0,2 kW/kg. Tras dos años de experiencia con el carnet A2, el motorista puede realizar un curso de formación si quiere obtener el permiso A de moto (el de toda la vida) que le autoriza a llevar motos de cualquier potencia sin ningún límite.
En el ámbito de las dos ruedas no podemos olvidarnos del permiso AM, que autoriza a llevar ciclomotores (hasta 50 cc) y que se puede obtener desde los 15 años. En España también funciona desde hace cuatro años.