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1 de Marzo de 2013
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La OCU alerta sobre el riesgo de quedarse sin la cobertura del seguro

Con la delicada situación económica por la que atraviesan tantos hogares españoles, a muchas familias les pilla de imprevisto el recibo de la prima del seguro de sus vehículos, dado que ésta se renueva automáticamente si no se avisa con antelación. Pero, ¿qué ocurre si no se realiza el pago de la correspondiente cuota?

La exención de dicho pago conlleva quedarse sin cobertura y, en caso de seguir utilizando el vehículo, incurrir en la ilegalidad de conducir sin el obligatorio seguro mínimo a terceros, que puede suponer una multa de hasta 3.000 euros y, en caso de accidente, tener que responder con el patrimonio propio ante los eventuales daños. 

Pero la desaparición de la cobertura no es inmediata. Los plazos, según explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), se establecen de la siguiente forma:

Ante un impago, la empresa aseguradora está obligada a seguir dando cobertura al tomador de la prima durante un "mes de gracia" a todos los efectos, tras el cual éste deja de estar cubierto. En cualquier caso, se pierde la cobertura pero el cliente dispone de 5 meses de plazo para pagar y recuperar su seguro. El impago no tendrá más efectos siempre que la compañía lo entienda como el final de la póliza y no ejerza su derecho de reclamar lo debido.

Con todo ello, para evitar sorpresa, la OCU sugiere estudiar la opción de negociar el pago fraccionado de la prima del seguro, aunque advierte de los considerables recargos que ello conlleva: abonar a plazos el coste del seguro puede llegar a suponer un 30% de intereses.

 
 
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