La distracción es la primera causa de siniestralidad en España por encima de la infracción de la norma, la velocidad inadecuada y el cansancio o sueño. En el año 2012, de los 1.010 accidentes mortales ocurridos en carretera, 517 tuvieron como factor concurrente la distracción, lo que representa el 51 %, es decir, en 1 de cada 2 accidentes mortales que se han producido en España ha existido una distracción (sin datos en Cataluña).
El tipo de accidente más relacionado con las distracciones son las salidas de vía seguido del choque por alcance y por el atropello.
Para la elaboración del «Barómetro de las distracciones en España» se ha encuestado a 4.473 conductores, consiguiéndose una muestra amplia y representativa del censo de conductores españoles.
Distracciones propias: Las distracciones que reconocen los conductores cometer con mayor frecuencia son en primer lugar «Escuchar la radio o música» con un 85,3%, «Hablar con algún ocupante» con un 77,7% y, en tercer lugar, «Pensar en las preocupaciones personales» con un 56%.
Por su parte, las distracciones que menos reconocen los conductores como propias están relacionadas con la manipulación del móvil así como el utilizarlo para jugar o manejar aplicaciones, mandar SMS o chatear.
Distracciones ajenas: Al preguntar por el comportamiento de otros conductores, el 90,8% de los encuestados admite como conducta frecuente el ver al resto de conductores «Hablando con algún ocupante»; el 87,1% «Fumando», el 85,3% «Mirando un accidente» y el 85,2% «Hablando por teléfono».
Factores determinantes: Respecto a los factores que contribuyen en mayor medida a la conducción distraída, los conductores identifican el cansancio, consumir alcohol o realizar comidas copiosas por encima de factores externos como la concentración de señales, la intensidad del tráfico o la meteorología.
Normativa
Uno de cada 10 encuestados reconoce haber sido sancionado por una distracción y tres de cada 10 dicen conocer la sanción por «utilizar el teléfono móvil sin manos libes, usar auriculares, o manipular el navegador» pero en la realidad, de ese 30%, solo seis de cada 10 han respondido correctamente qué sanción tiene.
El Reglamento General de Circulación establece que el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción de forma que pueda garantizar su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.
Respecto a las sanciones, se establece como infracción grave, con una multa de 200 euros y la retirada de tres puntos, el conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la obligatoria atención permanente en la conducción. Tienen la misma gravedad y cuantía de multa el conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación.
Campaña de concienciación «Stop distracciones»
La campaña quiere ser capaz de transmitir 5 mensajes claros y directos que tengan como objetivo evitar las cinco distracciones principales relacionadas con la conducción, y que han sido detectadas en el barómetro: Olvida el móvil, deja fuera las preocupaciones y el estrés, prepara lo que necesiten los niños antes del viaje, las manos al volante y nunca apartes la vista de la carretera.
El Mundo