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Estreno parcial de la Ley de Seguridad VialImprimir
5 de Mayo de 2014
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Estreno parcial de la Ley de Seguridad Vial

El próximo viernes entra en vigor parte de los preceptos recogidos por la última reforma de la Ley de Seguridad Vial. Serán principalmente aquellos conceptos que no precisan de un desarrollo ulterior en los reglamentos, tales como la ingesta de drogas o la reincidencia con el alcohol al volante, la prohibición de detectores de radar o el uso obligatorio del casco en bici a los menores de 16 años en ciudad, entre otros.

Por su parte la DGT continúa trabajando en los reales decretos que desarrollarán el resto de conceptos, algunos tan polémicos como el incremento condicionado a 130 km/h en determinados tramos de autovía y autopista, que no entrará en vigor de momento. Alguno de estas novedades podría estar listas de cara a la operación salida del verano, dado que sólo necesitan el visto bueno del Consejo de Ministros.

Entre las medidas que entran en vigor el viernes cabe citar, la nueva normativa que fija la sanción en caso de ingesta de drogas, así como el proceso penal en el que el conductor se vería inmerso. La sanción que será de 1.000 euros y tendrá aparejada la retirada de 6 puntos del carné, quedando “excluidas aquellas substancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción”, afirma el texto de la ley. 

Para el consumo de alcohol, si el conductor es sorprendido de nuevo superando los límites o duplica la tasa permitida la sanción también será de 1.000 euros. Además de los conductores, los peatones están obligados a someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas cuando hayan estado implicados en un siniestro o hayan cometido una infracción.

También será novedad el uso del casco obligatorio para menores de 16 años cuando circulen en bici por una vía pública. Solo los mayores de esta edad se podrán quitar el protector en los trazados urbanos. Además, la ley prohíbe adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a los ciclistas que circulen en sentido contrario, aun cuando éstos lo hagan por el arcén.

La gestión de multas pasará a contar con 20 días naturales para su pago voluntario con reducción de la sanción o para formular alegaciones, una vez notificada la denuncia. Anteriormente el plazo estipulado era de 15 días.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que a partir del viernes los Agentes de tráfico podrán denunciar sin parar al infractor, siempre cuando “el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo”.

Finalmente en los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas será responsable de los daños el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales. Será responsable el titular del aprovechamiento cuando sea consecuencia directa de una acción de caza en ese día o 12 horas siguientes de finalizar la caza. El titular de la vía será responsable en caso de no señalizar el peligro por animales sueltos y por no reparar el cerramiento.

 
 
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