Hasta el momento teníamos que pasar la ITV en el mismo mes en el que caducaba, algo que no tiene importancia si la fecha de caducidad cae en la primera semana del mes pero que puede llevar a situaciones comprometidas si coinciden con los últimos días del mes. En el caso de que no podamos pasarla en el mismo día en la que cumple (festivo, enfermedad, incompatibilidad de horarios, avería…), pasaremos al mes siguiente, y en esas circunstancias, ¡ya nos pueden multar! Con el plazo de un mes extra impuesto por la Unión Europea ya no tendremos ese innecesario estrés con cada renovación.
Por otra parte, desde el 1 de junio entró en vigor la segunda revisión del “Manual de Reformas de Vehículos”, la guía que detalla la aplicación práctica del Real Decreto 866/2010 de 2 de julio, por la que se regula la tramitación en ITV de las reformas efectuadas en nuestras motocicletas.
Esta segunda revisión modifica algunas interpretaciones, y entra en ciertos detalles técnicos referentes a la tramitación o redacción de los proyectos técnicos y resto de documentos en las reformas. Aunque no hay que preocuparse porque la inmensa mayoría de las reformas seguirán tramitándose como hasta ahora.
Según el R.D. 866/2010 se cataloga como reforma toda aquella modificación que realicemos sobre un vehículo que afecte a la seguridad y al medio ambiente, modifique datos de la ficha técnica o bien influya en los actos reglamentarios que se aplicaron para su homologación por parte del fabricante.