Exactamente han sido controlados 791.478 vehículos, de los cuales el 5,1% (40.447 conductores) han sido denunciados por incumplir los límites de velocidad.
De los vehículos controlados, casi el 60 por ciento circulaba por carreteras convencionales (un carril por sentido). En este tipo de vías las infracciones han supuesto el 5,2 % (23.120 conductores).
El 40% restante de los vehículos fueron controlados en autovías y autopistas en donde solo el 4,9% (17.327 conductores) fueron sancionados.
Los grandes excesos de velocidad son delito
Así lo recoge el código penal en su artículo 379, y así lo han constatado cinco conductores que incurrieron en delito contra la seguridad vial al circular a una velocidad 80 km/h superior a la permitida en dicha carretera.
Los conductores que ya han sido puestos a disposición judicial, podrían ser condenados con penas de prisión de 3 a 6 meses o la multa de 6 a 12 meses, o a trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. Y, en cualquier caso, a la privación del derecho a conducir vehículos a motor por un tiempo de 1 a 4 años.