Debido a ese margen un vehículo que superase la limitación de 120 km/h, no era multado hasta que no se rebasaban los 130 km/h. Pero tras el cambio de los márgenes realizado durante el verano en radares fijos y móviles, muchos conductores confiados se han encontrado en su vuelta a casa con una multa de tráfico con la que no contaban.
¿Cómo se calculan los nuevos márgenes?
Los nuevos márgenes se han reducido del 10% al 5% en los radares fijos y al 7% en los móviles de todas las vías con límite de velocidad superior a los 100 km/h, según ha reconocido la DGT a la redacción de Autofacil.es.
Con los nuevos márgenes, si circulamos en una autovía con límite 120 km/h, seremos multados al rebasar los 126 km/h (radar fijo) o los 128 km/h en los móviles.
En las carreteras con límites de velocidad inferiores a los 100 km/h el criterio es aún más restrictivo y se aplica un margen único de 5 km/h para los radares fijos y de 8 km/h en los móviles.
El nuevo criterio excede las posibilidades de los sistemas de radar que tienen los agentes para cursar las denuncias. “No nos admite cantidades tan precisas, estamos teniendo que hacer el redondeo. En una vía limitada a 50 antes sancionábamos a partir de los 70; la instrucción nos pide ahora que lo hagamos a los 58 pero como el programa no lo admite, las estamos poniendo a partir de los 60", comenta un agente de la agrupación asturiana de Tráfico.
Fuente: La Voz de Galicia