Sólo un 10% de los siniestros son como consecuencia de la vía o del vehículo, mientras que el 90% restante son por el factor humano (imprudencias incumplimiento de las norma). Asociaciones de Víctimas y Criminólogos piden un cambio de nomenclatura: “muchas personas consideran los accidentes de tráfico solo eso, un accidente, no un hecho delictivo, y por tanto, no existe una víctima”, explica Flor Zapata Ruiz, víctima de un siniestro vial.
Por su parte Juan Antonio Carreras Espallardo, criminólogo y autor de la primera gran compilación sobre criminología vial en España Aspectos criminológicos en materia de seguridad vial, lo expone de la siguiente manera: "Un accidente es algo que no se puede evitar; la lluvia que hace que el vehículo se salga de la carretera, un reventón. Pero llamar 'accidente de tráfico' a las consecuencias de que alguien conduzca borracho es injusto. Es una ofensa, sobre todo para las víctimas. 'Siniestro vial' es la expresión que más se ajusta a la realidad, y además el cambio de denominación de los hasta ahora llamados 'accidentes' repercutiría también en la conciencia social sobre los delitos contra la seguridad vial".
Las asociaciones de víctimas no solo piden un cambio de nomenclatura, sino también un endurecimiento de las penas aplicables a este tipo de delitos. La sociedad se muestra indulgente ante este tipo de hechos delictivos que derivan en la muerte de personas en las carreteras. Los propios jueces aplican la menor pena.
Un último hecho que corrobora Espallardo: "Las penas son aún bajas: de uno a cuatro años en los casos más gravosos, los de conducción temeraria y con alcohol o drogas. Por un homicidio común te pueden caer 15 años, pero si el 'arma' es un coche, la cosa cambia". Por ello ha que redefinir los términos para comenzar a abordar el tema: "Si hay víctimas, sería agresión vial; si es con daños materiales, daños del tráfico; si se debe a factores ajenos al humano (que ya es raro, por ejemplo, si cae un árbol por el viento), sería accidente de tráfico".