Según comunican desde la DGT, el motivo de la reducción de los márgenes es unificar criterios y evitar desigualdades, porque hasta el momento los márgenes eran fijados discrecionalmente por cada jefatura de la DGT, lo que se reflejaba en un agravio comparativo entre los conductores españoles dependiendo del territorio donde circulasen.
Así se daba el caso de tolerancia cero y otros en el que las pequeñas infracciones quedaban prácticamente impunes. Por ello los nuevos márgenes de error no distinguirán entre infracciones leves o graves en los excesos de velocidad detectados por el radar.
Eso supone en la práctica que los “generosos” márgenes de error que se situaban hasta el momento en 10 km/h por encima del límite establecido pasarán bajo la “Operativa 7” a ser del 7% para los radares móviles y del 5% para los fijos, en las vías cuyo límite se sitúe por encima de 100 km/h.
Es decir, en una autovía por la que circulemos a 130 km/h seremos multados porque el radar se disparará al rebasar los 128 km/h si es un radar móvil y los 126 km/h si es fijo.
En las carreteras con límite de velocidad inferior a los 100 km/h se impondrá unos márgenes de error fijos de 7 km/h para los radares móviles y de 5 km/h para los fijos.
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