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La dirección de Dª María Seguí al frente de la DGT va de mal en peor, no solo ha paralizado la institución durante su mandato hasta dar lugar a que crezca la siniestralidad en cuanto se ha empezado a recuperar un poco la economía, algo que no sucedía desde hace más de 10 años, sino que ahora se permiten errores técnicos de “1º de Tráfico”.
Ante la campaña lanzada por la DGT en redes sociales el pasado 10 de abril “Tómatelo con calma. El exceso de velocidad te puede llevar a situaciones como esta”, los compañeros de Foro 100 han realizado un estudio técnico del video en el que se muestra un accidente por alcance, supuestamente “culpa” del vehículo que impacta por detrás por exceso de velocidad.
Aparentemente el mensaje es sencillo, un coche circula con exceso de velocidad por una autovía e impacta contra otro que le precede circulando correctamente.
Bien, pues del análisis realizado por los técnicos de Foro 100, resulta lo siguiente:
Que el vehículo “A” (el que es golpeado por detrás), circula a 48,9 km/h cuando la velocidad mínima legal para circular por autovía o autopista es de 60 km/h en el carril de la derecha. Es decir el vehículo A circula a velocidad anormalmente reducida y por debajo de la legalmente establecida.
El vehículo “B”, el que impacta contra el “A” por detrás y sobre el que se sugiere en la campaña de la DGT que circula con exceso de velocidad, lo hace a 118,42 km/h, o lo que es lo mismo, dentro de los límites genéricos legales de la autovía.
¿Qué quiere decir esto?
Que el accidente no se debe necesariamente al exceso de velocidad, realmente no se puede saber por qué se produce el accidente, pues no se han publicado los datos necesarios para hacer una investigación en profundidad, por ejemplo:
No se sabe por qué el vehículo A circulaba a velocidad anormalmente reducida, no se sabe si se debía a una avería, a una indisposición, a simple negligencia o a cualquier otra causa.
No se sabe si existe una limitación específica de velocidad en la vía que determine que el vehículo B circulara realmente con exceso de velocidad.
No se sabe por qué el vehículo B no frena al ver la posible colisión con el A pues no se sabe si pudo ser debido a distracción, indisposición de su conductor, avería o a cualquier otra causa.
Pero lo que no puede hacer un organismo técnico como la DGT, especialmente cuando parece más que probable que existe una concurrencia de culpas, es achacar la culpa al vehículo que va más rápido acusándolo de circular a “gran velocidad”, cuando no es así y cuando lo demostrable es que el vehículo que le precede circula a una velocidad ilegalmente reducida, con independencia de la causa que motive esta situación.
Cada vez son más los indicios de falta de pulcritud técnica en una DGT dirigida precisamente por una técnico, que envía mensajes incoherentes a los ciudadanos y que poco a poco va minando la credibilidad de una institución crucial para la seguridad vial de todos, como es la Dirección General de Tráfico.
Adjuntamos informe técnico emitido por Foro 100 y vídeo del accidente.