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Los menores de edad que midan menos de 1,35 m no podrán viajar en el asiento delanteroImprimir
20 de Julio de 2015
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Los menores de edad que midan menos de 1,35 m no podrán viajar en el asiento delantero

La medida anunciada el viernes en el Consejo de Ministros por Soraya Sáen de Santamaría, se trata de un Real Decreto que modifica la actual normativa sobre cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil. Además, se especifica que los sistemas de retención tienen que instalarse siguiendo las instrucciones de cada fabricante.

A partir del próximo mes de octubre los menores de edad que midan menos de 135 centímetros (1,35 metros) no podrán viajar en los asientos delanteros del automóvil, incluso para el caso de los vehículos de 9 plazas.

Las dos únicas excepciones que contempla el nuevo texto del Reglamento de Circulación, será cuando los asientos traseros vayan ocupados por otros menores con sillas de retención infantil o cuando se trate de un vehículo biplaza.

Recordemos que hasta el momento queda prohibido circular con menores de 12 años situados en los asientos delanteros, salvo que utilicen un dispositivo homologado (sillita o alzador correspondiente a su edad y peso). Las restricciones se han actualizado, con una medida que entrará en vigor el próximo 1 de octubre.

 
 
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