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Todos los medios electrónicos para multar de la DGTImprimir
11 de Octubre de 2016
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Todos los medios electrónicos para multar de la DGT

Si bien la DGT ha desmentido que se vaya a implementar la notificación de las multas en formato electrónico, no ocurre lo mismo con la generación de dichas multas, para lo cual cuenta cada vez con más sistemas electrónicos.

Los sistemas electrónicos y autónomos de vigilancia y emisión de sanciones de tráfico se ha incrementado de forma exponencial en los últimos años. En este apartado sí que está resultando muy importante las nuevas tecnologías.

Los radares de velocidad de la DGT son llamados “cinemómetros sin operador” cuando están fijos, y “cinemómetros con operador” cuando son móviles. Los primeros son los radares convencionales instalados en pórticos, posters, trípodes, o en los vehículos policiales (motos y coches).

Entre estos se encuentran las últimas innovaciones tecnológicas como los radares invisibles o los inteligentes, capaces de detectar el tipo de vehículo y ajustar la multa a sus límites específicos de velocidad. También comienzan a incorporarse las pistolas láser que no son tan precisas, pero si mucho más económicas y fáciles de transportar por las patrullas.

Los radares de tramo miden la velocidad media de un vehículo entre el punto A y el B, lo que lleva a que los conductores estén mucho más pendientes de los límites de velocidad durante un periodo prolongado de tiempo.

A todos ellos se sumó recientemente los radares aerotransportados, como los helicópteros Pegasus, capaz de realizar una multa cada tres minutos mediante dos cámaras panorámicas (una panorámica que capta la velocidad, y otra con teleobjetivo para captar la matrícula desde un kilómetro de distancia).

A los radares se suman otra serie de artilugios electrónicos y autónomos de vigilancia como los sistemas foto-rojo instalados en los semáforos, o las cámaras que vigilan el uso del cinturón, el casco, la ITV o del móvil, de las que ya se han instalado más de 200. Como no son cinemómetros, Tráfico no está obligada a advertir de su presencia. Muchos conductores solo advierten su existencia cuando reciben la carta que les informa por correo postal de que ha cometido una infracción.

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