Esta solución del problema puede venir de la mano de una reparación definitiva de la avería o del cambio del vehículo por otro nuevo, incluso en el caso de que la entidad financiera y el concesionario sean personalidades jurídicas distintas.
La sentencia del Tribunal Supremo del 24 de noviembre, con fallo en virtud del régimen de los contratos vinculados previsto en los artículos 14 y 15 de la ley de Crédito al Consumo. Indica que se puede oponer la excepción a la hora del cumplimiento de las cuotas del contrato vinculado de compraventa.
Dicho de otro modo, el consumidor está protegido frente a la entidad crediticia del mismo modo y con los mismos derechos que posee frente al concesionario. De este modo, cuando el incumplimiento debido a una motocicleta defectuosa alcanza una determinada intensidad, se puede pretender la suspensión del cumplimiento de la obligación. El contrato de financiación es de obligaciones recíprocas y de obligado cumplimiento por ambas partes.
Fuente