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19 de Mayo de 2010
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Presentada la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Entrará en vigor en su mayor parte el próximo 25 de mayo

El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha presentado esta mañana la nueva normativa. Supone una reforma en numerosos puntos respecto al texto anterior, que afecta a prácticamente todos los aspectos de la conducción.

 

Por lo general, supone unas condiciones más estrictas para el empleo de vehículos por vías públicas, aunque hay excepciones; además, establece un sistema destinado a estimular un pago rápido y fácil de las multas. Entre los puntos que se modifican se pueden destacar los siguientes:

Ahorro de hasta un 50% por pronto pago. Si pagas la multa en un plazo de 15 a 20 días desde que te la ponen, implica una reducción de hasta el 50% de su importe. Además, habrá facilidades para pagarla; podrá hacerse incluso inmediatamente mediante tarjeta de crédito. Se agilizará la tramitación de las multas mediante un sistema de notificación mucho más rápido, que utiliza incluso el correo electrónico. Por contra, si se paga la multa en el mencionado plazo de entre 15 y 20 días, se pierde el derecho a recurrir la sanción por improcedente o injusta. De todos modos, está previsto que el nuevo proceso de tramitación de sanciones no entre en pleno funcionamiento hasta el 25 de noviembre.

Multas de diferentes cuantías. Para las infracciones leves es de 100 euros; para las graves, de 200; para las muy graves, de 500. Sin embargo, la cuantía de éstas últimas podrá incrementarse hasta en un 30% según el peligro potencial creado por el infractor.

Los triciclos podrán circular a la misma velocidad que los vehículos de dos ruedas. La actual normativa les limita la velocidad máxima a 70 km/h., aunque los vehículos de tres ruedas asimilados a las motocicletas (Piaggio MP3 LT, por ejemplo) ya tenían los mismos límites de velocidad que para éstas.

Las multas prescribirán en un año. Actualmente prescriben en cuatro. Por contra, hasta ahora las multas se notifican tres veces al conductor; con la nueva normativa se notificarán sólo dos.

Nuevas sanciones. Pasan a serlo, entre otros casos, estacionar en plazas reservadas para discapacitados (infracción grave que resta puntos). Llevar la matrícula ilegible no quitará puntos pero supondrá una multa de 200 euros.

Menos casos de pérdida de puntos. Antes eran 27; ahora, 20. Por ejemplo, ya no se restarán puntos si no se superan los 151 km/h. en las autovías o autopistas con un sistema de velocidad variable de entrada a grandes ciudades como Barcelona.

No se retirará el carné por vía administrativa. Con la nueva normativa, sólo se retirará el carné si se agotan los puntos acumulados o por la decisión de un juez. Hasta ahora, según el Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, se suspendían unos 100.000 carnés al año.

Casos de inmovilización del vehículo. Tendrá lugar si no se tiene el seguro obligatorio, no se han pagado dos multas o se lleva inhibidor de radar (lo que implica, además, una multa de 6.000 euros).

Dinero para las víctimas de accidentes. Con la nueva normativa, será obligatorio destinar parte de la recaudación obtenida con las multas a ayudar a víctimas de accidentes de tráfico, aunque el grueso de dicha recaudación se destinará a la seguridad vial.

Puede considerarse a éstos como los puntos más importantes; puedes ver el resto en la página web de la Dirección General de Tráfico (www.dgt.es).

Aunque el texto entrará en vigor el 25 de mayo, las normas que dejan de restar puntos se aplican desde el pasado 25 de noviembre. El resto de la norma, es decir, la obligación de la Administración de incorporar las nuevas aplicaciones informáticas (la Dirección Electrónica Vial y el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico) entrará en vigor el próximo 25 de noviembre. En los Ayuntamientos, ese plazo se extiende hasta el 25 de mayo de 2012.

 

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