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Campaña de información sobre el aparcamientos de motos en Distrito Centro de MadridImprimir
10 de Abril de 2017
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Campaña de información sobre el aparcamientos de motos en Distrito Centro de Madrid

Los Agentes de Movilidad de Madrid informarán a los motoristas de los lugares donde pueden o no aparcar y de las sanciones que el Ayuntamiento puede aplicar según la normativa vigente. El Distrito Centro cuenta con 1.111 plazas reservadas para motos, de ellas 101 son nuevas.

La delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, y el concejal presidente de la Junta Municipal de Centro, Jorge García Castaño, han presentado una campaña de información y sensibilización sobre los aparcamientos de la zona centro que entrará en vigor esta misma semana.

Los Agentes de Movilidad comenzarán su actuación a partir del martes 11 de abril, que supondrá informar a los conductores de motos y ciclomotores de los lugares donde pueden aparcar, recordando la normativa vigente para evitar la ocupación indebida de las aceras por parte de sus vehículos. Simultáneamente se informará a través de las redes sociales.

A partir del mes de mayo se intensificará la vigilancia y aplicación de la normativa sobre los aparcamientos de motos y ciclomotores, sancionándose los estacionamientos indebidos.

Nuevas plazas de aparcamiento reservadas para motos

El Ayuntamiento de Madrid ha incrementado el número de plazas en el distrito Centro de la ciudad, que actualmente suma 1.111 con las 101 nuevas plazas implementada en el nº 2 de Santa Isabel; plaza de Cascorro nº1; plaza de la Cebada, nº11; Campomanes, nº13; Jovellanos, nº4; Duque de Medinaceli, nº2; Fuencarral, nº 71; y Campoamor, nº17. Las plazas habilitadas se pueden consultar en `Reservas moto´

Adicionalmente se habilitarán en plan experimental algunas plazas de aparcamiento subterráneas (Villa de París, Vázquez de Mella y Jacinto Benavente), que desde el 28 de abril gestionará la Empresa Municipal de Transportes (EMT). Las plazas situadas en Distrito Centro serán para uso exclusivo de motocicletas con un coste del 40% del establecido para automóviles. Los usuarios podrán adquirir abonos de 24 horas por un precio que supone el 40% del habitual para autos.

¿Cómo aparcar nuestra moto de forma legal?

  • En los lugares reservados para aparcar las motos.
  • Zona SER sin coste alguno, tanto en plazas azules como verdes.
  • En la calzada junto a la acera en forma oblicua.

Cuando no sea posible el estacionamiento en calzada o en los espacios reservados previstos anteriormente, los vehículos de dos ruedas podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de 3 metros de ancho con las siguientes condiciones:

  1.  Paralelamente al bordillo, cuando las aceras o paseos tengan una anchura inferior a seis metros, y evitando aquellos tramos de acera dedicados a las personas de movilidad reducida, carga y descarga, pasos de peatones o paradas de transporte público.
  2.  Entre los alcorques más próximos al bordillo, si los hubiera, siempre y cuando el anclaje del vehículo no se realice en los árboles u otros elementos vegetales.
  3.  En semibatería o en ángulo, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 6 metros.
  4.  La moto solo podrá utilizar el motor para salvar el desnivel de la acera, una vez aquí deberá desplazarse por la misma con el motor apagado.

Fuente: Ayuntamiento de Madrid

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