Con esta campaña se inicia la estrategia de "tolerancia cero" con la que el Ministerio de Interior pretende reducir el número de conductores que consumen drogas y se ponen al volante.
Hasta ahora, la DGT había practicado algunos controles de drogas a los conductores como parte de un estudio europeo para determinar la proporción de conductores que consumen bajo los efectos de sustancias psicoactivas en los países de la Unión. Sin embargo, este tipo de pruebas no se realizaba de manera general, como ocurre en el caso del alcohol, debido en parte a lo costoso de la prueba (unos 60 céntimos, el test más barato).
Ahora, la intención de Tráfico es realizar los controles de drogas de "una manera mucho más exhaustiva y frecuente" con el objetivo de concienciar a los conductores de que conducir tras el consumo de drogas no sólo afecta a las capacidades del conductor sino que incrementa entre dos y siete veces la probabilidad de provocar o sufrir un accidente respecto a quienes no consumen ninguna sustancia, según explicó a mediados de junio la directora de Tráfico, María Seguí, en la presentación de la nueva estrategia.
Para ello, la DGT contará con un presupuesto para este año de un millón de euros, la mayor partida de los nuevos proyectos de la DGT este 2012. Seguí no quiso desvelar en cuántos controles se traducirán ese presupuesto, aunque señaló que en cualquier caso será "muchos" y los cifró en "miles".
El problema de los conductores que se ponen al volante después de haber consumido alguna droga es especialmente preocupante en España. de hecho, España es uno de los primeros consumidores de cocaína y de cannabis del mundo con el 4 por ciento y 10 por ciento respectivamente de prevalencia de consumo entre la población en general. Según los datos que baraja la DGT, obtenidos mediante controles aleatorios, el 19,4 por ciento de los conductores circulaban tras haber consumido alguna droga. Además, en los últimos años ha crecido el número de víctimas mortales en accidentes que han dado positivo a alguna sustancia psicoactiva cuando se les ha realizado una prueba forense. Así, casi la mitad (un 45 por ciento) de los conductores que murieron en un accidente de tráfico en la carretera el año pasado habían consumido alcohol, drogas o psicofármacos, según estimaciones incluidas en la última Memoria del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF), basado en una muestra de 969 víctimas mortales (algo menos de la mitad de los fallecidos en accidentes si se tienen en cuenta los muertos 30 días después del siniestro y en vías urbanas).
De los casos que dieron positivo, el 77,78 por ciento había ingerido alcohol, el 37,54 por ciento se le detectó algún tipo de droga y un 21,20 por ciento había consumido psicofármacos. La sustancia más común fue la cocaína (implicado en el 54,72 por ciento de los casos), seguida del cannabis (en el 47,17 por ciento) y anfetaminas y drogas relacionadas (9,43%). En comparación con años anteriores, ha aumentado tanto el consumo de psicofármacos, como el de drogas y el de alcohol en los conductores.
QUÉ OCURRE SI TE PARAN EN UN CONTROL
A partir de este lunes, los agentes de la autoridad podrán, por tanto, parar a los conductores de manera generalizada para realizar este tipo de controles de drogas. En ese caso, los conductores serán sometidos primero a una prueba de alcoholemia y, en el supuesto de que den negativo, se les practicará un test indiciario de recogida de saliva para valorar si han consumido drogas.
En el caso de que este primer test de drogas dé negativo, el conductor podrá continuar su viaje, pero si da positivo, no podrá seguir conduciendo y tendrá que someterse a otro test que será enviado a un laboratorio, donde finalmente se certificará el positivo y del que saldrá la sanción administrativa. Conducir drogado está tipificado como infracción muy grave y castigado con una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del permiso de conducir.
PODRÁN IR POR LA VÍA PENAL
Adicionalmente, si los agentes que realizan la prueba determinan que el conductor presenta una "sintomatología evidente" de conducir drogado, podrá ser sancionado por la vía Código Penal. Para ello, los agentes --ya sean de la Guardia Civil de Tráfico, Policía Local, etc-- valorarán el estado en que se encuentra el conductor de acuerdo a un protocolo de diez variables.
Es decir, a diferencia de lo que ocurre con las pruebas de alcoholemia, que al superar un determinado tasa de alcoholemia (0,60 mgr/l aire espirado) el conductor va directamente por la vía penal, en este caso serán los agentes los que determinarán si el conductor debe recibir una sanción administrativa o ser llevado ante un juez. El Código Penal, en su artículo 379.2, establece para el delito de conducir drogado penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o bien la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año y hasta cuatro años.
Como ocurre ahora con el alcohol, los conductores no podrán negarse a someterse a la prueba, aunque podrán pedir, una vez que se les haya realizado la prueba de la saliva en la carretera y hayan dado positivo, una segunda prueba, mediante extracción de sangre en un hospital, para contrastar la prueba de saliva.