El texto también incluye cambios en la regulación de los sistemas de retención infantil, prohíbe los detectores de radar (no los avisadores, que continuarán siendo legales) y crea la Conferencia Sectorial de Tráfico y Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, que reunirá a las comunidades autónomas que hayan asumido las competencias de tráfico con el Gobierno y refuerzan las labores de control y supervisión a las autoescuelas y centros de reconocimiento médicos.
PRIMER ACUERDO EN EL CONGRESO
Los primeros acuerdos de los grupos parlamentarios sobre esta ley tuvieron lugar el miércoles de la semana pasada, cuando en una reunión interna se aceptaron la inclusión al proyecto de ley presentado por el Gobierno de 40 de las 160 enmiendas presentas por los grupos parlamentarios para mejorar el texto del Gobierno. De esta cuarentena, seis fueron las presentadas por el PP.
Otro de los acuerdos alcanzados fue que el color de la señal luminosa de todos los vehículos prioritarios, como las ambulancias, sea azul y no amarillo, ya que este color va asociado a vehículos lentos.
Eso sí, se acordó que esta modalidad se recogiera en el nuevo Reglamento General de Circulación, que desarrollará la ley tras su aprobación definitiva.
La reforma de la Ley de Seguridad Vial contempla igualmente la posibilidad de cerrar una vía total o parcialmente, o bien establecer restricciones por motivos medioambientales, una medida relacionada con el 'Plan Aire' del Ministerio de Medio Ambiente, relacionada con la implantación de bajas emisiones y que había sido planteada por el PP.
A partir de ahora, las bicicletas sólo podrán ser retiradas y llevadas al correspondiente depósito si están abandonadas o si, estando amarradas, dificultan la movilidad de vehículos o dañan el mobiliario urbano, según lo acordado.
Además, se ha dado luz verde a que en vías urbanas se permita la parada o estacionamiento de las grúas de auxilio en carretera por el tiempo indispensable para efectuar la retirada de vehículos accidentados o averiados siempre que no se cree un nuevo peligro ni se cause obstáculo a la circulación.
MATRICULACIÓN DE VEHÍCULOS
Se propone también que deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos con matrícula extranjera que se utilizan en España por residentes del país, ya que no figuran en el Registro de Vehículos actualmente.
A su vez se ha agregado al articulado de la ley la prohibición de dar de baja definitiva por traslado a otro país a vehículos que no cumplan los requisitos de seguridad y medioambientales que se establezcan reglamentariamente.
Por otro lado, la ley va a establecer que en los accidentes de tráfico ocasionados por el atropello de especies cinegéticas en las vías públicas sea el responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas.
No obstante, se indicará en la ley que será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor, llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél (en lugar de 24 horas como proponía al principio).